EXENCIÓN DEL IMPUESTO INMOBILIARIO A LOS PRODUCTORES AFECTADOS POR SEQUÍA EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRESPor medio del D. (Bs. As.) 2266/2023 - BO: 13-12-2023, se otorga la exención del Impuesto […]
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Obtendrán los beneficios del régimen quienes al 9 de abril de 2023 tuvieran declarada, como actividad principal, la agrícola - ganadera, y el inmueble en el que se desarrolle la actividad se encuentre ubicado en una zona de emergencia o desastre agropecuario por sequía
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