A través del Decreto Nro. 549/2023 se instrumentó un nuevo tratamiento cambiario para las exportaciones.
A partir de su publicación y hasta el 17 de noviembre de 2023, los exportadores deberán liquidar hasta ..."un SETENTA POR CIENTO (70 %) a través del Mercado Libre de Cambios (MLC), debiendo el exportador, por el TREINTA POR CIENTO (30 %) restante, concretar operaciones de compraventa con valores negociables adquiridos con liquidación en moneda extranjera y vendidos con liquidación en moneda local"
Para el pago de los Derechos de Exportación se considerará "el contravalor excepcional y transitorio" establecido en la medida.
El BCRA estableció en la Comunicación A 7867 que en los cobros de las exportaciones el Cumplido de Negociación de las Divisas podrá ser otorgado por el banco nominado cuando "al menos" el 70% de valor facturado según la condición de venta pactada se haya ingresado y liquidado en el MLC.
La modificación implica un mejora en el Dólar Carne de alrededor del 50%
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/5667865/20231023?suplemento=1