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SENASA eliminó requisito para efectuar trámites

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) dictó la Resolución 233/2026, mediante la cual se elimina el requisito de presentar habilitaciones municipales y/o provinciales como condición previa para realizar trámites ante el organismo.

A continuación, reproducimos el parte de prensa del organismo comentando la modicación puesta en práctica:

Simplificación de trámites nacionales mediante una adecuación normativa general
SENASA busca optimizar la gestión administrativa y eliminar la duplicación de documentación, bajo un enfoque de eficiencia para el sector agroalimentario.

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) dictó la Resolución 233/2026, mediante la cual se elimina el requisito de presentar habilitaciones municipales y/o provinciales como condición previa para realizar trámites ante el organismo.

Esta disposición se enmarca en el proceso de desregulación y simplificación administrativa impulsado por el Poder Ejecutivo Nacional, orientado a suprimir normas redundantes que generen sobrecostos innecesarios para el sector productivo.

En lugar de centrarse en procedimientos particulares, esta medida adopta un enfoque genérico sobre diversas regulaciones, alcanzando a una amplia gama de registros y habilitaciones de competencia nacional.

El objetivo primordial es evitar la carga administrativa innecesaria y la duplicación de documentación que dificultaba la estandarización de los procedimientos.

Como aspecto fundamental de esta adecuación normativa, el SENASA destaca que el organismo circunscribe sus habilitaciones estrictamente al ámbito de sus competencias sanitarias específicas, lo que permite evitar la superposición de requisitos con otras jurisdicciones locales.

Asimismo, es imperativo aclarar que esta simplificación administrativa no exime a los administrados del cumplimiento de las normativas municipales o provinciales vigentes en materia de seguridad, salubridad, higiene y uso del suelo.

Además, la medida suprime la presentación de dichas habilitaciones como requisito documental ante el organismo nacional, pero mantiene la obligación de los actores de la cadena de observar las leyes locales correspondientes.

Con esta iniciativa, el SENASA refuerza la responsabilidad primaria de los productores y empresas en garantizar la sanidad e inocuidad de su producción, al tiempo que facilita las gestiones vinculadas al comercio y a la producción.

Puede accederse al texto de la Res. SENASA 233/2026 a través del siguiente link:

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/339743/20260320

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